| La
Oficina del Procurador de las Personas con Impedimentos fue
creada por virtud de la Ley Número 2 de 27 de septiembre de
1985, según enmendada con el propósito de que la misma sirva
como instrumento de coordinación para atender y solucionar
los problemas y necesidades de las personas con impedimentos
en las áreas de educación, salud, empleo, libre iniciativa
comercial o empresarial, derechos civiles y políticos,
transportación, vivienda y las actividades recreativas y
culturales. Asimismo, tiene el propósito de establecer las
normas y garantías necesarias para fomentar su espíritu de
pertenencia a una sociedad que no le imponga barreras
físicas ni actitudinales y procure el logro de sus
aspiraciones e integrarlos al quehacer productivo del país
en la medida de sus capacidades.
OPPI, agencia
fiscalizadora del sector público y privado, tiene la
responsabilidad legal de administrar la Ley Núm. 44,
conocida como Ley Antidiscrimen y las leyes federales que
amparan los derechos de las personas con impedimentos a
través de los programas de protección y defensa.
La Oficina está compuesta por
un Procurador, nombrado por el Gobernador y un
Procurador Auxiliar, nombrado por el Procurador
previa consulta con el Gobernador. Cuenta además
con un Consejo Consultivo, nombrado por el
Gobernador, constituído por nueve miembros para
asesorar la Oficina en relación a la implantación de
la Ley. Lo componen nueve miembros representantes
de las personas con impedimentos, familiares de
personas con impedimentos, un profesional en el
campo de la rehabilitación vocacional, un consejero
legal, un profesional de la salud y un profesional
de la educación especial.
|
|
En 1993, mediante la Orden
Ejecutiva OE-1993-51, se adscribe a OPPI el
Comité del Gobernador Pro-Empleo
de las Personas con Impedimentos
con la responsabilidad primordial de asesorar y
recomendar a la Oficina del Gobernador, la política
pública y los recursos necesarios para mejorar las
condiciones de empleo de las personas con
impedimentos. Sirve de enlace con la empresa
pública y privada para promover el desarrollo de
programas y políticas conducentes a ampliar las
oportunidades de empleo y evitar el discrimen en el
mismo. |
Hoy día la
Agencia cuenta con
oficinas
regionales en el este, oeste,
norte y sur de la Isla. Tiene asimismo la
Oficina de Asuntos Legales, la Oficina de Planificación, la
Oficina de Administración, la Oficina de Educación y
Relaciones con la Comunidad y el área de programas.
Esta última se compone de los siguientes programas federales:
FUNCIONES
Orientar y asesorar a
las personas con impedimentos sobre todos los programas,
servicios y beneficios a que tiene derecho y sobre los
requisitos, mecanismos, medios, recursos o procedimientos
para obtener, participar y beneficiarse de éstos y hacer
valer sus derechos.
Servir, a petición de
cualquier persona con impedimentos o de sus padres o tutor,
como mediador en las relaciones de éste con las distintas
agencias públicas y con las entidades privadas que ofrecen,
prestan o rinden algún servicio, actividad, beneficio o
programa para las personas con impedimentos.
Promover la creación y
el desarrollo de programas para integrar a las personas con
impedimentos a la comunidad.
Orientar y capacitar a
las personas con impedimentos sobre sus derechos humanos y
legales.
Atender las quejas y
reclamos de las personas con impedimentos en caso de
inacción de las agencias públicas o entidades privadas o de
violación de sus derechos y servir de enlace entre éstos y
la agencia concernida.
Coordinar la aplicación
de la política pública adoptada para atender las necesidades
y reclamos de las personas con impedimentos.
Brindar asistencia
técnica a entidades públicas y privadas para garantizar la
implantación adecuada de las leyes y reglamentos que rigen
los servicios y derechos de las personas con impedimentos.
Velar que en las
agencias públicas y en las entidades privadas no se
discrimine hacia las personas con impedimentos por razón de
su condición.
MISIÓN
La misión de la
Agencia es garantizar la protección de los derechos de las
personas con impedimentos, para que alcancen una integración
y participación efectiva en todos los ámbitos de nuestra
sociedad.
VISIÓN
Lograr la
igualdad, la integración y el derecho inalienable a la vida
plena de las personas con impedimentos, afianzando en
nuestros ciudadanos los verdaderos valores humanos a los
cuales debe aspirar toda sociedad, de forma tal, que nuestro
Puerto Rico, sea el modelo a ser emulado por otros países,
en la consecución de la calidad y la excelencia humana.
|